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HomeMy WebLinkAboutAP-0081-IT-2026.pdf 4""Warese P AUTORIOAO REGULADORA DE LOS SE0.VICI05 PGBDCOS AUTO DE PREVENCION 8000-273737(ARESEP) AP-0081-IT-2026 T+506 4002-9595 San Jose, 11:30 horas del 15 de junio de 2026 F+506 2215-4135 Correo electronico 'transport e resep.go.cr PETENTE: Transportes Quepos Puntarenas S.A. Apartado RUTA: 696 936-1000 EXPEDIENTE: ET-066-2026 San Jose—Costa Rica www.aresep.go.cr Vista la solicitud tarifaria presentada ante la Autoridad Reguladora de los Servicios Publicos (Aresep) por el prestador Quepos Puntarenas S.A, el 10 de junio de 2026 para la ruta 696, se le indica que previo a dar admisibilidad, y de conformidad con los requisitos establecidos en la resolucion RE-0100-JD-2023 (requisitos de admisibilidad para toda solicitud de fijacion de tarifas que se presente en la Autoridad Reguladora de los Servicios Publicos y revision del cumplimiento de las obligaciones legales de los prestadores de los servicios publicos en las fijaciones tarifarias de oficio ordinarias y extraordinarias) la resolucion RE-0068-JD- 2025 (modificacion del Por Tanto 1.1.B.3 y el Por Tanto 1.1.13 de la resolucion RE-0100-JD-2023) y el articulo 41 del Decreto Ejecutivo 29732-MP (Reglamento a la Ley Reguladora de los Servicios Publicos) se le previene que debe aportar la siguiente informacion: 1) Estar juridica y tecnicamente sustentada en los modelos o en la metodologia de fijacion de tarifas vigentes al momento de la solicitud. Debe indicar cual es la tarifa que solicita y su variacion tarifaria con respecto a las tarifas vigentes (variacion absoluta y porcentual), excepto cuando se trate de tarifas que sean fijadas por primera vez. En el caso de que se soliciten variaciones escaionadas consecutivas, el Solicitante debera presentar, detallado por tarifa, la modificacion porcentual de cada esca16n y el total de todo el periodo considerado (articulo 33-Ley 7593) (Requisito A.6.) A. Segun acuerdo 3.1 de la Sesion Ordinaria 76-2025 del 11 de diciembre de 2025, se senalan las rutas que, para fines del CTP, comparten corredor comun con la ruta 696. Considerando to anterior, con base en los criterios para el reconocimiento tarifario de corredor comun establecidos en la seccion 4.12.2.j de la metodologia ordinaria vigente, se solicita indicar explicitamente si se solicita ajuste tarifario por concepto de corredor comun, detallando las tarifas vigentes, tarifas solicitadas, variacion absoluta y porcentual, en caso de que corresponda segun los criterios de la metodologia tarifaria vigente. AP-0081-IT-2026 aresep Pagina 2 ` IDUTORIDIID ROSURDBOM DE LOS SERVICiOS f�UBUCOS B. A folios 51 al 56 se aporta la factura que corresponde al estudio asociado al Manual de Calidad del Servicio, sin embargo, no se indica el acuerdo de la Junta Directiva del CTP en el cual se aprob6 dicho estudio de calidad. Segun los registros disponibles en la ARESEP, el ultimo acuerdo vigente del CTP mediante el cual se aprob6 un estudio de calidad para la ruta 696 es el articulo 7.10.29 de la sesion ordinaria 09-2025 del 10 de febrero de 2025. Se previene, indicar o aportar el acuerdo de la Junta Directiva del CTP en el que se aprob6 el estudio de Manual de Calidad del Servicio al cual correspondan las facturas aportadas. C. En revision de la herramienta de calculo tarifario, visible a folio 1, se tiene to siguiente: a) En la hoja "1.Datos de entrada", en la celda C20 se debe indicar la cantidad total de unidades autorizadas a la empresa Transportes Quepos Puntarenas S.A., en todas las rutas regulares autorizadas por el CTP. Segun la 61tima base de flota remitida a la ARESEP por el CTP se observa que para la operacion de las rutas del prestador se tienen autorizadas 14 unidades en ruta regular (9 unidades para la ruts 695 y 5 unidades para la ruta 696). Se previene corregir el dato, de tal forma que incluya el total de las unidades autorizadas a la empresa para prestar el servicio en las dos rutas indicadas. b) En la hoja "4.Flota" de la herramienta de calculo visible a folio 1, se observa que el prestador sena16 la tipologia de cada una de las unidades autorizadas, sin embargo, no indico ni se aporto el documento emitido por el CTP en el cual dicho ente clasific6 esas unidades. La clasificacion de los autobuses debe ser la establecida por el CTP para cada una de las unidades (no para la ruta o sus ramales). Por to que se previene indicar o aportar el documento en el cual el CTP clasific6 cada unidad de la ruta 696, siendo que dicha clasificacion debe coincidir con la indicada en la hoja de calculo. c) En la hoja "7.Vol.aprox.pasajeros" el dato de la celda H8, no corresponde a las estadisticas promedio de los 12 meses previos a la apertura del expediente tarifario (junio 2025 a mayo 2026) remitidas por el prestador al SIR, el cual debe incluir la cantidad proporcional de pasajeros que pagan la tarifa de viaje completo considerando los adultos mayores siendo que la ruta es interurbana (mayor a 25 km), seg6n to establece la metodolog[a tarifaria ordinaria vigente en la secci6n 4.13.2.b.vi, por to que se previene corregir to anterior y presentar el calculo correspond iente. AP-0081-IT-2026 aresep Pagina 3 ` ���MT�D DE LOS SERVI[IO$RD LLiCOS 3 D. Conforme a to indicado en la metodologia tarifaria ordinaria vigente (RJD-035-2016 y sus reformas) en la seccion 4.6.2.d. Rentabilidad del capital asociado a los terrenos de las instalaciones y edificaciones y dado que la empresa no realiza alguna indicacion al respecto, para poder reconocer dicho rubro en el calculo tarifario y segun to indicado en los articulos 14, inciso c) y 24 de la Ley 7593, el prestador debe remitir la informacion de cada uno de los inmuebles (terrenos) que la empresa utiliza actualmente para la prestacion del servicio publico de la ruta 696, para ello es necesario que se aporte to siguiente: 1. De manera tabulada (ver ejemplo abajo), se requiere: a. Terrenos o inmuebles que se utilizan en la prestacion del servicio de la ruta 696. b. Folio real o matricula de cada uno de los terrenos o inmuebles utilizados. c. Direccion fisica exacta de cada uno de los terrenos o inmuebles utilizados. d. Municipalidad a la cual se pagan los impuestos municipales de cads uno de los inmuebles. e. Area en metros cuadrados del terreno o inmueble, correspondiente solamente al area que es utilizada por el operador para la prestacion del servicio publico de autobus en la ruta 696 (si el inmueble es empleado para otras actividades o para el servicio de autobus en otras rutas, se debe especificar el area utilizada solamente en la ruta 696). f. Valor por metro cuadrado para cada uno de los terrenos (solo el terreno). g. Valor de arriendo, en caso de que el use del inmueble sea bajo la modalidad de contrato de arrendamiento, leasing, comodato o cualquier otro contrato regulado en los codigos Civil o Mercantil. Valor Folio real o Direccion Area Valor/mZ Terreno Municipalidad arrendamiento matricula fisica (mZ) (colones) (colones) 1 0000 xxxx xxxx 0000 0000 No aplica/ 0000 2 3 2. Certificacion de estar al dia con el pago de impuestos de bienes inmuebles de la Municipalidad donde se ubican el o los inmuebles AP-0081-IT-2026 aresep Pa g i n a 4 ` IDUTORIDIID REGSURDB OS DE LOS SERVICiOS f�UBUCOS empleados en la prestacion del servicio publico. La certificacion debe especificar ademas el valor por metro cuadrado de cada uno de los terrenos (solo terrenos). 3. En caso de que el terreno empleado en la operacion de la ruta 696 no sea propiedad del prestador del servicio de la ruta, se requiere la presentacion de una copia certificada por notario publico de los contratos de arrendamiento, leasing, comodato, fideicomisos o cualquier otro contrato regulado en los codigos Civil o Mercantil, con el fin de comprobar el use del inmueble. En caso de que las indicaciones de los puntos anteriores impliquen una variacion en el calculo de las tarifas, debera presentarse to siguiente, aparte de la herramienta en formato digital con los ajustes incorporados: a) La solicitud de ajuste tarifario con base en los resultados que arroje el modelo. b) El pliego tarifario con las tarifas vigentes, las solicitadas, y las variaciones absolutes y porcentuales. c) Con base en to dispuesto por el Banco Central de Costa Rica en la resolucion GER-RES 0003-2026, a partir del 1° de julio de 2026 las tarifas del servicio de autob6s deberan estar redondeadas al multiplo de 010 mas cercano. Por to tanto, se solicitar ajustar la peticion tarifaria (tarifas y sus variaciones) considerando el redondeo al multiplo de 4.10 mas cercano. 2) Presentar una declaracion jurada rendida ante notario publico en la que se indique: Estar al dia con el cumplimiento de las /eyes laborales, incluyendo las de salud ocupacional (Articulo 6 de la Ley 7593 "Ley de la Autoridad Reguladora de los Servicios Publicos".) (Requisito B.3). Se observa de este expediente administrativo que la parte gestionante no aporto la declaracion jurada rendida ante notario publico en la que se indique estar al dia con el cumplimiento de las leyes laborales, incluyendo las de salud ocupacional, motivo por el cual se le previene aportar una declaracion jurada acorde a los requisites exigidos en la resolucion RE-0100-JD-2023 y su reforma (RE-0068-JD-2025). 3) Presentar una certificacion de la(s) Municipalidad(es) que corresponda(n) de encontrarse al dia en el pago de impuestos y tasas, dicha certificacion no podra tener mas de tres meses de expedida. (de conformidad con el articulo 41 inciso a) del AP-0081-IT-2026 aresep Pagina 5 ` IDUTORIDIID ROSURDBOM DE LOS SERVICi05 f�UBUCOS "Reglamento a la Ley Reguladora de los Servicios Publicos", Ley 7593 "Ley de la Autoridad Reguladora de los Servicios Publicos", articulo 22 Ley 7509 "Ley de Impuesto sobre Bienes Inmuebles", articulo 78 Ley 7794 "Codigo Municipal'). No obstante, to anterior, el prestador del servicio puede optar por cumplir este requisito dentro de la declaracion jurada indicada en el punto 3 anterior. (Requisito B.3). A folios 28 y 30 la empresa aporta constancias de las municipalidades de Puntarenas y Orotina que indican que la empresa Transportes Quepos Puntarenas S.A. no esta inscrita como contribuyente en esos cantones. Por to tanto, se solicita aportar la certificacion de encontrarse al dia con el pago de impuestos y tasas expedida por las municipalidades en las cuales la empresa Transportes Quepos Puntarenas S.A. se encuentre inscrita como contribuyente; o incluir este aspecto dentro de la declaracion jurada prevenida en el punto anterior 2) anterior. 4) Ademas de los requisitos anteriores, los prestadores de los servicios publicos de transporte remunerado de personas (autobus, cabotaje, y ferrocarril) deberan indicar en las solicitudes de fijacion de tarifas, los acuerdos vigentes otorgados por el ente publico competente en la materia, que detallen las unidades autorizadas o el material rodante, segun corresponda, horarios y distancias autorizadas para prestar el servicio publico (Requisito B.8) a) Indicar o aportar el documento del CTP donde se clasifiquen cada una de las unidades de la flota autorizada (no la clasificacion de la ruta ni sus ramales) segun el Manual del Sistema Unificado de Clasificacion de Rutas (alineado al punto 1.C.b anterior). b) Se previene indicar o aportar el ultimo acuerdo u oficio del CTP correspondiente al estudio de calidad de servicio para la ruta. Prevenciones generales Si la solicitud planteada y la pretension no se ajustan a los calculos presentados en el desarrollo de la propuesta, se podran considerar esas inconsistencias o incongruencias como una falta de fundamentacion de la solicitud, en consecuencia, procedera el rechazo de esta. En caso de que las indicaciones anteriores impliquen una variacion en el AP-0081-IT-2026 aresep Pagina 6 ` IDUTORIDIID ROSURDBOM DE LOS SERVICi05 f�UBUCOS calculo de las tarifas, debera presentarse el modelo con los ajustes incorporados, ademas de modificar la solicitud de ajuste tarifario con base en los resultados que arroje esa corrida del modelo; asi como tambien el pliego tarifario solicitado con sus respectivas variaciones, con respecto a la tarifa vigente, esta informacion debe aportarse en forma impresa y digital. Para el otorgamiento de aumentos tarifarios, el prestador debe cumplir en todo momento con las obligaciones legales estipuladas en el articulo 6, inciso c) de la ley 7593 y el pago del canon de regulacion, tanto en la etapa de admisibilidad como al momento de emitir la resolucion final, incluso al momento de responder el presente auto de prevencion. Ademas, en esta etapa debe estar al dia con sus obligaciones derivadas de la resolucion RRG-7635-2007 y la remision de informacion segun to dispuesto por esta Autoridad Reguladora en anteriores resoluciones. Conforme con el articulo 287 de la Ley General de Administracion Publica, se le concede un plazo de diez dias habiles, contados a partir del dia siguiente de la notificacion del presente Auto de Prevencion, para cumplir con to requerido. La respuesta a este auto de prevencion debe ser enviada a algunos de los siguientes medios: de manera fisica en las oficinas de la Aresep ubicadas en Guachipelin de Escazu (100 metros norte de Construplaza, Complejo Multipark), al correo electronico itransporte(cD-aresep.go.cr (en este caso los documentos deben remitirse con firma digital) o al fax 2215-4135. INTENDENCIA DE TRANSPORTE Firmado digitalmente por PAOLO ANDRES VARELA BRENES(FIRMA) Paolo Varela Brenes Intendente de Transporte a.i.