Loading...
HomeMy WebLinkAboutAnexo - 08. RE-0096-RG-2026.pdfVarese P AUTORIDAD RELUEADORA DE LOS SERVIC105 PUBLIC05 WE W• RESOLUCION RE-0096-RG-2026 A LAS OCHO HORAS CON DIEZ MINUTOS DEL DIECIOCHO DE MARZO DE DOS MIL VEINTISEIS CONOCE EL REGULADOR GENERAL LA SOLICITUD DE AUTORIZACION PARA PRESCINDIR DE ETAPAS Y ACTIVIDADES DEL DR-PO-03 PROCEDIMIENTO PARA DESARROLLAR Y MODIFICAR METODOLOGIAS TARIFARIAS Y REGLAMENTOS TECNICOS", PARA LA PROPUESTA DE MODIFICACION PARCIAL DE LA METODOLOGIA TARIFARIA DERIVADA DE LA LEY N.° 10086 RELACIONADA CON EL TRATAMIENTO DE LA ESTRUCTURA TARIFARIA EXPEDIENTE PIRM-003-2026 RESULTANDO I. Que el 4 de mayo de 2023, mediante la resoluci6n RE-0076-JD-2023, la Junta Directiva de la Aresep dict6 la "Metodologia tarifaria derivada de la Ley N. ° 10086 referente a: a) fijaci6n de los cargos de interconexi6n a las redes de distribuci6n aplicable a los recursos energ6ticos distribuidos, b) tarifa de acceso a las redes de distribuci6n por parte del generador distribuido, c) compra—venta de excedentes y reconocimiento economico entre empresas distribuidoras, asi como por parte de los generadores distribuidos a la empresa distribuidora, d) reconocimiento de los costos, rentabilidad, inversiones y canon en que incurren las empresas distribuidoras para la integracion de recursos energ6ticos distribuidos al SEN (tarifa T-DER)", publicada en el Alcance N°86 a La Gaceta N°83 del 12 de mayo de 2023. II. Que el 25 de setiembre de 2024, mediante la resoluci6n RE-0126-JD-2024, la Junta Directiva de la Aresep aprob6 una modificaci6n parcial a la resoluci6n RE-0076-JD-2023, publicada en el Alcance N° 168 a La Gaceta N° 182 del 1 de octubre de 2024. III. Que el 15 de enero de 2026, mediante el oficio OF-0023-DGDR-2026, la Fuerza de Tarea encargada del desarrollo de la propuesta de modificaci6n RE-0096-RG-2026 Pagina 1 de 12 I/N 3Pr Varese AUTORIDAD RELUEADORAlowDELOSSERVICIOSPUBLICOS parcial de la metodologia tarifaria derivada de la Ley N.° 10086 relacionada con el tratamiento de la estructura tarifaria le comunico al Director General a.i. de la Direccion General de Desarrollo de la Regulaci6n (DGDR), el analisis inicial efectuado a la metodologia tarifaria anteriormente senalada y le recomendo solicitar prescindir de la etapa 7.1 del procedimiento DR-PO- 03, considerando las particularidades de las modificaciones que se tramitan en la metodologia tarifaria senalada anteriormente, la naturaleza de los cambios tramitados en esta metodologia y Io indicado en ese procedimiento. IV. Que el 14 de enero de 2026, mediante el oficio OF-0025-DGDR-2026, el Director General a.i. de la DGDR le comunico al Regulador General los motivos para prescindir de las actividades relacionadas con la etapa 7.1. del DR-PO-03, dentro del procedimiento de elaboracion de la modificacion parcial de la metodologia tarifaria derivada de la Ley N.° 10086 relacionada con el tratamiento de la estructura tarifaria; tramitada por medio de expediente PIRM-003-2026. CONSIDERANDO I. Que segun establece el Reglamento Interno de Organizacion y Funciones de la Aresep y su organo desconcentrado (RIOF), en el articulo 6, le corresponde a la Junta Directiva dictar los reglamentos tecnicos que se requieran para la correcta aplicacion del marco regulatorio de los servicios publicos establecidos en la Ley N.' 7593 y las modificaciones de estos, asi como aprobar las metodologias regulatorias que se aplicaran en los diversos sectores regulados bajo su competencia. II. Que tambien ese Reglamento establece, en el articulo 21 , que le corresponde a la DGDR fungir como: coordinador de la formulacion del Plan de desarrollo de metodologias tarifarias y normativa de calidad de acuerdo con los lineamientos del Regulador General, asi como tambien, participar, como parte de equipos designados por el Regulador General, en la ejecucion de proyectos para el diseno de metodologias de fijaci6n de tarifas y normativa de calidad, y en la elaboraci6n de propuestas de politicas regulatorias a ser sometidas a la Junta Directiva. RE-0096-RG-2026 Pagina 2 de 12 I` 3Pr Varese AUTORIDAD RELUEADORAlowDELOSSERVICIOSPUBLICOS III. Que segun establece el procedimiento "DR-PO-03 Procedimiento para el desarrollo y modificacion de los modelos tarifarios y reglamentos tecnicos", en su version del 18 de marzo de 2022, es responsabilidad del Regulador General aprobar to estipulado en ese procedimiento y brindar a la DGDR lineamientos que guiaran el desarrollo y modificacion de modelos tarifarios y reglamentos tecnicos, basado en las politicas que hays definido la Junta Directiva de la Aresep. Tambien es responsabilidad de todas las personas que participen en el desarrollo y modificacion de modelos tarifarios y reglamentos tecnicos seguir to establecido en este procedimiento y comunicar al Director General de la DGDR si existieran aspectos que sean adecuados de variar. IV. Que del oficio OF-0023-DGDR-2026 de la Fuerza de Tarea, conviene extraer to siguiente: IT 1 . El 5 de octubre de 2021, mediante la resolucion RE-0206-JD-2021, la Junta Directiva de Aresep aprobo la "Politica Regulatoria de la Autoridad Reguladora de los Servicios Publicos", publicada en el Alcance N.' 209 a La Gaceta N.' 199 del 15 de octubre de 2021. 2. Esta Politica establece como uno de sus principios la eficiencia, indicando que- Procura la prestacion eficiente de los servicios publicos de manera que se traduzca en tarifas justas, que aseguren la asequibilidad a la poblacion y la competitividad del pais". 3. Esta misma Politica establece como pilares la "Regulacion que promueva la eficiencia" (Pilar 3) y la "Regulacion con Proposito" (Pilar 4); indicando en to medular que: La Autoridad Reguladora velara por que los servicios publicos se presten de manera eficiente y eficaz, procurando que la regulacion sea capaz de adaptarse de forma oportuna a los cambios del entorno y a RE-0096-RG-2026 Pagina 3 de 12 44` 3arese0u*kw P DELOS SE VI ROS PUBLORAALOSIDADCIOSf'LADOFLS eventos de fuerza mayor. La regulacion buscara la asequibilidad de los servicios publicos para la poblacion y contribuira con la competitividad del pals. Los mercados de servicios publicos regulados por Aresep, tienen caracteristicas propias de mercados no competitivos y a su vez son servicios estrategicos para el desarrollo del pail, to cual convierte a la regulacion en un instrumento necesario para lograr niveles de bienestar optimos por medio del desarrollo y aplicacion de diversos instrumentos regulatorios. Por ello, en este pilar se propiciara el desarrollo de instrumentos regulatorios que emitan senates economicas claras para los diferentes tipos de usuarios, que impulsen la eficiencia en la prestacion y en el use de los servicios publicos. Desde esta perspectiva se comprende el servicio al costo como un principio de la regulacion que persigue introducir la eficiencia en la asignacion de recursos en la prestacion de los servicios publicos regulados. El servicio al costo debe entenderse como un costo eficiente y necesario para la prestacion del servicio (...)". La regulacion de los servicios publicos es un proceso complejo que debe confirmar constantemente su valor publico para la sociedad. La complejidad de esta tarea se profundiza en el marco de una realidad en constante evolucion impulsada por los avances tecnologicos, de /as necesidades de la poblacion y de los modelos de prestacion de los servicios publicos. Para mantener su valor publico, la regulacion debe entonces considerar esos cambios y adaptarse para mantener su relevancia y contribuir de manera proactive a alcanzar los objetivos sociales y economicos bajo su responsabilidad. RE-0096-RG-2026 Pagina 4 de 12 Varese P AUTORIDAD RELUEADORA DE LOS SERVICIOS PUBLICOS gWIFIM!'M Ken En este contexto el pilar busca que la regulacion de los servicios publicos sea capaz de adaptarse a los cambios del entorno, y eventos de fuerza mayor, e incorporarlos para aumentar la eficiencia y la eficacia en la gestion. Este esfuerzo permanente de adaptacion se apoya en la busqueda constante de la frontera de conocimiento y las mejores practicas regulatorias en el ambito nacional e internacional. Este proceso de innovacion se traducira en beneficios para los diferentes tipos de usuarios. La regulacion debe ser eficiente y eficaz, se deben alcanzar los objetivos publicos y satisfacer el valor publico de la regulacion con el menor costo posible, to que obliga a examinar el tipo de regulacion mas idoneo para alcanzar aquellos objetivos propuestos, luego comparar entre las varias alternatives idoneas para optar por aquella que logra los mismos objetivos con el menor costo posible. La eficacia y eficiencia de la regulacion esta estrechamente asociada a la evaluacion ex ante y ex post que permiten prevenir en el primer caso, y corregir en el segundo la regulacion que no cumple con estos principios. En el marco de esta politica, se extrae la necesidad de una regulacion flexible (capacidad de adaptacion a los cambios cientificos y tecnologicos, de la realidad social y economica y a situaciones provocadas por eventos de la naturaleza como la fuerza mayor); prospectiva (anticipar los cambios, prevenir los riesgos, vanguardista) II 4. En esta linea de accion, la Politica Regulatoria plantea el siguiente objetivo y estrategias: Objetivo especifico 3: Desarrollar una regulacion que provea las senales necesarias para llevar la prestacion de los servicios publicos hacia la senda de la eficiencia, la eficacia, tanto de manera individual, por sector o industria, considerando el principio de servicio al costo eficiente, la aplicacion de enfoques regulatorios comparados y ejercicio RE-0096-RG-2026 Pagina 5 de 12 44` 3Pr Varese AUTORIDAD RELUEADORAlowDELOSSERVICIOSPUBLICOS de un modelo regulatorio oportuno, apoyado en las mejores practicas y en la articulaci6n de los instrumentos de politica. Estrategia 3.2. Desarrollar una regulaci6n en el marco de un concepto de servicio al costo eficiente de industria. Estrategia 3.4. Desarrollar una regulaci6n flexible, que facilite la incorporaci6n de las necesidades cambiantes de la sociedad y eventos de fuerza mayor." 5. El 4 de mayo de 2023, mediante la resoluci6n RE-0076-JD-2023, la Junta Directiva de la Aresep dict6 la "Metodologia tarifaria derivada de la Ley N.° 10086 referente a: a) fijaci6n de los cargos de interconexi6n a las redes de distribuci6n aplicable a los recursos energ6ticos distribuidos, b) tarifa de acceso a las redes de distribuci6n por parte del generador distribuido, c) compra—yenta de excedentes y reconocimiento econ6mico entre empresas distribuidoras, asi como por parte de los generadores distribuidos a la empresa distribuidora, d) reconocimiento de los costos, rentabilidad, inversiones y canon en que incurren las empresas distribuidoras para la integraci6n de recursos energ6ticos distribuidos al SEN (tarifa T-DER)", publicada en el Alcance N.° 86 a La Gaceta N.° 83 del 12 de mayo de 2023. 6. El 25 de setiembre de 2024, mediante la resoluci6n RE-0126-JD-2024, la Junta Directiva de la Aresep aprob6 una modificaci6n parcial a la resoluci6n RE-0076-JD-2023, publicada en el Alcance N.° 168 a La Gaceta N.° 182 del 1 de octubre de 2024. 7. El 21 de noviembre de 2025, mediante el oficio OF-0870-SJD-2025, la Secretaria de Junta Directiva comunic6 el acuerdo 08-92-2025 del acta de la sesi6n ordinaria 92-2025, celebrada el 21 de noviembre de 2025, donde en el Por tanto IV instruye a la Direcci6n General de Desarrollo de la Regulaci6n a que valore la necesidad de modificar las metodologias y reglamentos identificados en el informe IN-0063-DGDR-2025, entre ellos, RE-0096-RG-2026 Pagina 6 de 12 44` 3Pr Varese AUTORIDAD RELUEADORAlowDELOSSERVICIOSPUBLICOS se destaca la "Metodologia tarifaria derivada de la Ley N.' 10086 referente a: a) fijacion de los cargos de interconexion a las redes de distribucion aplicable a los recursos energeticos distribuidos, b) tarifa de acceso a las redes de distribucion por parte del generador distribuido, c) compra-venta de excedentes y reconocimiento economico entre empresas distribuidoras, asi como por parte de los generadores distribuidos a la empresa distribuidora, d) reconocimiento de los costos, rentabilidad, inversiones y canon en que incurren las empresas distribuidoras para la integracion de recursos energeticos distribuidos al SEN (tarifa T-DER)", donde se establece que se debe ajustar la definicion de estructura tarifaria y conceptos relacionados y se requiere la revision de la formula de homologacion entre estructuras tarifarias monomicas y binomicas Capitulo 3). 8. El 8 de enero de 2026, mediante el oficio OF-0008-DGDR-2026, la DGDR recomendo la conformacion de la Fuerza de Tarea encargada de revisar y actualizar los instrumentos regulatorios identificados en el informe IN- 0063-DGDR-2025, entre los cuales se contempla la modificacion a la Metodologia tarifaria derivada de la Ley N.' 10086. 9. El 13 de enero de 2026, mediante el oficio OF-0017-DGDR-2026, el DGDR le solicito al Departamento de Gestion Documental la apertura del respectivo expediente preliminar, para el tramite de la propuesta de modificacion parcial de la "Metodologia tarifaria derivada de la Ley N.' 10086" relacionada con el tratamiento de la estructura tarifaria. Al respecto, se aperturo el expediente PIRM-003-2026. 10.Esta fuerza de tarea se encuentra elaborando una propuesta para la modificacion parcial de la "Metodologia tarifaria derivada de la Ley N.' 10086 referente a: a) fijacion de los cargos de interconexion a las redes de distribucion aplicable a los recursos energeticos distribuidos, b) tarifa de acceso a las redes de distribucion por parte del generador distribuido, c) compra-venta de excedentes y reconocimiento economico entre empresas distribuidoras, asi como por parte de los generadores distribuidos a la empresa distribuidora, d) reconocimiento de los costos, rentabilidad, inversiones y canon en que incurren las empresas RE-0096-RG-2026 Pagina 7 de 12 I` 3Pr Varese AUTORIDAD RELUEADORAlowDELOSSERVICIOSPUBLICOS distribuidoras para la integraci6n de recursos energeticos distribuidos al SEN (tarifa T-DER)" para homologar la definici6n de estructura tarifaria a la establecida en el informe IN-0063-DGDR-2025 y sobre que no es recomendable que las metodologias tarifarias definan directamente la estructura tarifaria, ni funciones o elementos que puedan Iimitar la definici6n de esta; debido a que pueden incluir rigideces en el sector regulado o podria restringir la flexibilidad institucional necesaria para ajustar la regulaci6n frente a variaciones en las condiciones del mercado, brindar senales adecuadas de precio, entre otras. 11 .El "DR-PO-03: Procedimiento para desarrollar y modificar metodologias tarifarias y reglamentos tecnicos" tiene como prop6sito: Tescribir las actividades que deben llevarse a cabo para desarrollar y modificar las metodologias tarifarias y reglamentos tecnicos que se aplicaran en Aresep para la regulaci6n de servicios publicos, de conformidad con to establecido en los articulos 25, 31 y 36 de la Ley 7593 y en correspondencia con el Plan Estrat6gico lnstitucional (PEI)." 12.En el procedimiento se define la Tropuesta conceptual" como el documento tecnico en el cual se analizan las caracteristicas del mercado, el marco legal que rige sobre la prestaci6n del servicio, los posibles enfoques o conceptos regulatorios aplicables y el cumplimiento de valor publico de la regulaci6n, asi como la viabilidad tecnica y legal de cada uno de ellos, con el prop6sito de determiner las especificaciones que se utilizaran en el diseno de la propuesta de metodologia tarifaria o reglamento tecnico segun sea el caso." 131a Etapa 7.1 de este procedimiento detalla los pasos que se deben cumplir para elaborar y aprobar la respective propuesta conceptual de cada instrumento regulatorio (metodologia tarifaria o reglamento tecnico). En concreto, las actividades 1, 2 y 3 de esta etapa establecen los procesos para conformar la respectiva fuerza de tarea y la apertura del respectivo expediente. RE-0096-RG-2026 Pagina 8 de 12 44` 3Pr Varese AUTORIDAD RELUEADORA DE LOS SERVICIOS PUBLICOS 14.En este Procedimiento, en la secci6n de "Criterio de Conveniencia y Oportunidad", se establece que: El Regulador General podra, amparado en criterios de justicia, urgencia, conveniencia y oportunidad, prescindir, incluir o modificar, para un caso concreto, de alguna de las etapas descritas en el presente procedimiento, exceptuando aquellos que requieran de la aprobacion de la Junta Directiva e impliquen requisitos legales ineludibles para la administracion. Esta decision, en apego al articulo 16 de la LGAP, debe quedar debidamente motivada de acuerdo con los objetivos regulatorios y de valor publico que se persiguen con el instrumento regulatorio, para to cual se emitira una resolucion administrativa que conste en el expediente respectivo." 15.Una vez efectuada la revisi6n preliminar del caso, tanto del citado procedimiento DR-PO-03, como de la citada metodologia tarifaria y su propuesta de modificacion, se concluye que esta modificacion en la metodologia tarifaria vigente solo busca introducir variaciones en aspectos puntuales del instrumento regulatorio; por tanto, la modificacion que ahora se pretende tramitar no implica un cambio en su esencia y objetivo general. 16.Por otra parte, algunas de las etapas de la propuesta conceptual, como el desarrollo del marco legal y el analisis del mercado del servicio regulado, asi como su relaci6n con las politicas regulatorias, tambien deben ser desarrollados en la etapa siguiente, denominada '7.2 Diseno o modificacion de la metodologia tarifaria o reglamento tecnico". 17.En aplicacion de to que dispone este procedimiento respecto de que se puede prescindir de ciertas etapas, se recomienda solicitar la autorizaci6n para prescindir de la etapa 7.1 Propuesta conceptual" del "DR-PO-03: Procedimiento para desarrollar y modificar metodologias tarifarias y reglamentos tecnicos" en to referente al tramite de la propuesta para la modificacion parcial de la "Metodologia tarifaria derivada de la Ley N.° 10086 referente a: a) fijacion de los cargos de interconexion a las redes de distribucion aplicable a los recursos energ6ticos distribuidos, b) tarifa RE-0096-RG-2026 Pagina 9 de 12 44` 3Pr Varese AUTORIDAD RELUEADORAlowDELOSSERVICIOSPUBLICOS dTff,qffIm • de acceso a las redes de distribucon por parte del generador distribuido, c) compra-yenta de excedentes y reconocimiento economico entre empresas distribuidoras, asi como por parte de los generadores distribuidos a la empresa distribuidora, d) reconocimiento de los costos, rentabilidad, inversiones y canon en que incurren las empresas distribuidoras para la integracion de recursos energeticos distribuidos al SEN (tarifa T-DER)"; tramitada bajo el expediente PIRM-003-2026. El objetivo es continuar con la modificacion de la citada metodologia tarifaria de acuerdo con el analisis que realizara la Fuerza de Tarea establecida, con el fin de elaborar una propuesta que ajuste la metodologia tarifaria a las recomendaciones realizadas en el informe IN-0063-DGDR-2025 sobre el tratamiento de la estructura tarifaria. Por Io anterior y para continuar con esta propuesta se recomienda gestionar ante el Regulador General la autorizacion para prescindir del desarrollo de la propuesta conceptual (etapa 7.1 del DR-PO-03). V. Que conforme con Io indicado en los resultandos y considerandos que preceden, Io procedente es: prescindir, de conformidad con Io establecido en el Procedimiento "DR-PO-03, Procedimiento para desarrollar y modificar metodologias tarifarias y reglamentos tecnicos" y por motivos de conveniencia y oportunidad, de las actividades de la etapa 7.1, dentro del procedimiento de desarrollo de la propuesta de modificacion parcial de la metodologia tarifaria derivada de la Ley N.' 10086 relacionada con el tratamiento de la estructura tarifaria, tramitada bajo el expediente PIRM-003- 2026; para que la Fuerza de Tarea establecida continue con la etapa 7.2 y siguientes de dicho procedimiento; y comunicar este acuerdo al DGDR y a los funcionarios involucrados en el proceso. POR TANTO Con fundamento en las facultades conferidas al Regulador General en la Ley de la Autoridad Reguladora de los Servicios Publicos y en el Reglamento Interno de RE-0096-RG-2026 Pagina 10 de 12 44` r Varese P AUTORIDAD RELUEADORAlowDELOSSERVICIOSPUBLICOS Organizacion y Funciones de la Autoridad Reguladora de los Servicios Publicos y su organo desconcentrado. El REGULADOR GENERAL RESUELVE: I. Prescindir, de conformidad con Io establecido en el Procedimiento "DR-PO- 03, Procedimiento para desarrollar y modificar metodologias tarifarias y reglamentos tecnicos"y por motivos de conveniencia y oportunidad, de las actividades de la etapa 7.1, dentro del procedimiento de desarrollo de la propuesta de modificacion parcial de la de la metodologia tarifaria derivada de la Ley N.° 10086 relacionada con el tratamiento de la estructura tarifaria, tramitada bajo el expediente PIRM-003-2026; para que la Fuerza de Tarea establecida continue con la etapa 7.2 y siguientes de dicho procedimiento. II. Comunicar a la Direccion General de Desarrollo de la Regulacion la presente resolucion, para Io que corresponda. III. Comunicar esta resolucion a los funcionarios: Daniel Sanchez Santamaria, Maria del Mar Munguia Ramirez, Alfonso Solis Alvarado y Alejandra Morales Castro, integrantes de la Fuerza de Tarea, a los correos electronicos institucionales. Contra esta resolucion administrativa no procede la interposicion de recursos. COMUNIQUESE. Firmado digitalmente por ERIC ALONSO BOGANTES CABEZAS(FIRMA) ERIC BOGANTES CABEZAS REGULADOR GENERAL RE-0096-RG-2026 Pagina 11 de 12 44` r Varese P AUTORIDAD RELUEADORAlowDELOSSERVICIOSPUBLICOS CONSTANCIA DE COMUNICACION: Se comunica la resolucion RE-0096-RG-2026, a la Direccion General de Desarrollo de la Regulacion, al correo electronico dgdr(a)_aresep.go.cr , Escazu, a las horas del de del 2026. RE-0096-RG-2026 Pagina 12 de 12 44`