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HomeMy WebLinkAboutAP-0087-IT-2026.pdf I aresep AUTORIDAD REGUTADORA Uk:(JS SEHViCUS f'UBiC:)', AUTO DE PREVENCION 8000-273737(ARESEP) AP-0087-IT-2026 T+506 2215-9595 F+506 215-4135 San Jose, 9:45 horas del 3 de julio de 2026 Correoelectr6nico itransporte(cb,aresep.go.cr PETENTE: COMPAMA CARBACHEZ E HIJOS E.I.R.L. Apartado 936-1000 RUTA: 271 San Jose—Costa Rica EXPEDIENTE: ET-072-2026 www.aresep.go.cr Vista la solicitud tarifaria presentada ante la Autoridad Reguladora de los Servicios Publicos (Aresep) por la empresa Compania Carbachez e Hijos E.I.R.L. el 30 de junio de 2026 para la ruts 271, se le indica que previo a dar admisibilidad, y de conformidad con los requisitos establecidos en la resoluci6n RE-0100-JD-2023 (Requisitos de admisibilidad para toda solicitud de fijacion de tarifas que se presente en la Autoridad Reguladora de los Servicios Publicos y revision del cumplimiento de las obligaciones legales de los prestadores de los servicios publicos en las fijaciones tarifarias de oficio ordinaries y extraordinarias), la resoluci6n RE-0068-JD-2025 (modificacion del Por Tanto 1.1.B.3 y el Por Tanto 1.1.13 de la resoluci6n RE-0100-JD-2023) y el articulo 41 del Decreto Ejecutivo 29732-MP (Reglamento a la Ley Reguladora de los Servicios Publicos) se le previene que debe aportar la siguiente informacion: 1) Estar juridica y tecnicamente sustentada en los modelos o en la metodologia de fijacion de tarifas vigentes al momento de la solicitud. Debe indicar cull es la tarifa que solicita y su variacion tarifaria con respecto a las tarifas vigentes (variacion absoluta y porcentual), excepto cuando se trate de tarifas que sean fijadas por primera vez. En el caso de que se soliciten variaciones escalonadas consecutivas, el Solicitante debera presentar, detallado por tarifa, la modificacion porcentual de cada esca/on y el total de todo el periodo considerado (articulo 33-Ley 7593) (Requisito A.6.) A. En las secciones 4.9 y 4.13.2.a de la metodologia tarifaria ordinaria vigente (RJD-035-2016 y sus reformas), se establecen los criterios y procedimientos para determinar el valor tarifario de las unidades de autobus y en particular el tratamiento de las unidades nuevas que hayan ingresado al pals posterior al 4 de octubre de 2023. Siendo que dentro de la flota de la ruta 271 hay una unidad modelo 2026, se previene aportar la debida justificacion que sustente el valor tarifario incorporado en la corrida del modelo tarifario. AP-0087-IT-2026 aresep Paina 2 � C—In-Oe°1°R0S B. En relaci6n con los costos del estudio anual de calidad del servicio, la empresa incluy6 este rubro en el calculo tarifario y seha16 a folio 11 que fueron consideradas tres facturas, las cuales indica que fueron adjuntadas. Sin embargo, de la revisi6n realizada de la solicitud tarifaria y sus anexos no se lograron ubicar las facturas senaladas. Por to tanto, se solicita remitir las facturas correspond ientes al estudio anual de calidad del servicio de la ruta 271 , o en su defecto especificar los folios y nombre del archivo en el que se encuentran dentro del expediente administrativo ET-072-2026. C. Con respecto a la rentabilidad del capital invertido en terrenos, se observa a los folios 11 y 12 que la empresa senala to siguiente: COMPANIA CARBACHEZ E HIJOS EA R L Ruta No.271 Tarrenos Para los efeclos del presenle estudio tarifario se consignan las areas y los valores fiscales de los terrenos que son 100%utllizados en la operacon del servlclo pubhco presfado por las Rutas 271 y 272 segun constancias del Regislro National y certificaciones emitidas por las Municipalidades de Palmares y Naranjo. respectivamente Declarando que el terreno de Palmares se utiliza Para la operation de la Ruta 271 en exclusiva.mlentras que el de Naranjo es compartido por ambas rutas,por consiguiente su valor fiscal y area se incluyen de manera Informatwa en la secci6n%spectiva de la herramienta de calculo tarifario(el de Naranjo prorrateado entre ambas rutas sobre la base de sus respecuvos tamanos de flota),segun el detalle que se presenta en el cuadro de mas abajo Asimismo declaramos que los terrenos dichos no son propiedad de la empress,sino que,su expiotaci6n comerclal se realiza bajo la figura de un contrato de Fidelconi respecto al cual se tiene vigente el Contrato 3er ADENDUN FID 6118 CARBACHEZ- BCR Flrmas Digdales completas 11). mismo que es sucesor al Contrato ter Fidecomiso Fincas Naranjo y Palmares,sin embargo,no representan ningun costa de alquller,pnr to que se,tiene autorizado el USO por Carte de mi representada como"... posesion precarfa...con el prop6sito de continuar dindofe of aprovechamiento y destino que venen en la actualidad... esto debidamente autorizado,segun la "Certification Patrimonial FID 6118 improsa-(ver adjuntos). Por to anterior,ml representada no solicita ningun reconocimiento de costos por este item dentro de la corrida tanfana, segun se observa en la pestana de*1.Datos de entrada"del modelo'R#271 Modelo ordinario 2026 06 01 AP xlsm 7errenos:Cost*d.Administrmidn Fideicomiso-Avgnacion por Ruta fglu.e>10 vaNYr natal veFo.fr] T.rt¢no �� I anaae.naib MranYgwldad ramano 4aMrnal rwaonnl II�1 I 2-321a17 Id-[mto] 5-MIJ-1.Canto16 Naranjo GQ- L27Qa2 G19.77].65 l l l^+ra^IO,DFW Incii N N>lull> Valor Fiaral Y!ties del Teneno de N+ran/o,poporgonales Darer Senlgo 4<Transpwte OVNNcu de Ws rutea 271 Y]72 RYL> Can— da Valor Fnu 4ea eeianada aura colones) Fa Rio lm'1 271 15 t 33 ,11 lH 1 M7 a 272 a hale e`I nle utl Tab) 211 CV.000.oao I L3n12 AP-0087-IT-2026 aresep Paina 3 � —POBuoS COMPANIA CARBACHE2 E HIJOS E.I.R.L. I I Ruta No.271 Tarrdnoa otlikkim"la operaaan de la Ruta a 271 roaonNe Vala Rwl ValarAe ilrrend m�rrw4 aR<uen liy.sa 'Msnidpaadad 7entnY alalm') (41MR) Dl:mm:.San adadewi.Carr[dn d- t19 Tr7, 1 2-323911 Nara DhdNnCa Ala ela N.")o �33371419 1.697,4 2 2-374109 Di0ft 1.0.1—.C-t6.7- PrftiM&deAIajwWm " MAW i CM.M.9 4.S97,43 w[m+.'4!>)1)S hnmm-si .wnerhywar.aurnsr A to anterior reiteramos,que si tal sduaci6n deviene en un impedimento normativo para que la Autoridad Reguladora reconozca ese costo Implicito de rentabilldad del capdal asociad0 a los terrenos de las instalaciones y edi icaciones, manifestamos nuestra disposi.6n a desistlr del mismo a la vez aue renunciamos a cualduier apelaci6n posterior al resvecto. MiH -- — --:� Tasa de rentabilidad para reglas Tipo 1 En la pagina del BCCR,consultada al dia de hoy,25 de junio 2026,su valor se muestra come se aprecia en la siguiente imagen Tasa active negociada(TAN).por actividad economica v oor oruoo de intermedlarto flnanciero,on colones In1 ln4 Pomentaje Se observa igualmente a los folios 1, 128 al 138 que la petente aporto copias de la ADENDA No 1 y 3 al Contrato de Fideicomiso denominado "Compania Carbachez-BCR-BANCREDITO-DOS MIL DIEZ-AHORA FIDEICOMISO 1-6118-2018", cuyas partes contratantes son Transportes Zahori de Naranjo Limitada, Compania Carbachez e hijos EIRL, Corporacion de Transportes Barquero Salas S.A., Banco Improsa S.A. y el Banco de Costa Rica, siendo los terrenos que conforman la garantia de ese fideicomiso las fincas de Alajuela Folios Reales 133962-000, 202386-000, 321811-000 330741-000, 374109-000, 321811-000, las cuales eran propiedad originalmente de la sociedad contratante TRANSPORTES ZAHORI DE NARANJO LIMITADA. Conforme a Io anterior y efectuada la verificacion en el Registro Nacional de los terrenos de Alajuela 321811-000 y 374109-000, se comprueba que efectivamente dichas propiedades se encuentran actualmente como titular registral en su condicion de fiduciaria el Banco Improsa S.A., motivo por el cual se previene Io siguiente: AP-0087-IT-2026 aresep Pa ina 4 � —POBUoS 1. Aportar copia del contrato de fideicomiso denominado "Compan is Carbachez-BCR-BANCREDITO-DOS MIL DIEZ-AHORA FIDEICOMISO 1-6118-2018" y la adenda NO2 ya que Io aportado al expediente es unicamente la adenda 1 y 3 de dicho contrato. 2. Aportar copia certificada por notario publico del contrato de arrendamiento, de leasing, de comodato del inmueble o de cualquier otro contrato regulado en los codigos Civil o Mercantil, donde se demuestre la existencia de un documento contractual a favor de COMPAMA CARBACHEZ E HIJOS E.I.R.L. para el use de dicho terreno para la actividad regulada (transporte publico de personas modalidad autobus para la ruta 271) y los costos asociados por dicho concepto. D. A folio 13 y en la hoja de calculo Ilamada "R# 271_Modelo ordinario:2026.06.01_AP" visible a folio 1, en la pestana I.Datos de entrada", en la celda C33 se observa que la tasa de rentabilidad para reglas tipo 1 no corresponde al ultimo valor semanal disponible segun Io publicado en la pagina web del BCCR. Se previene emplear el dato mas reciente publicado por el BCCR para este indicador(tasa activa promedio del grupo OSD para prestamos en colones). En caso de que la atencion de los puntos anteriores implique una variacion en el calculo de las tarifas, debera presentarse la herramienta en formato digital con los ajustes incorporados: a) La solicitud de ajuste tarifario con base en los resultados que arroje el modelo, considerando la version de la herramienta de calculo mas actualizada disponible. b) El pliego tarifario con las tarifas vigentes, las solicitadas, y las variaciones absolutas y porcentuales. c) Siendo que a partir del 1' de julio de 2026 comenzaron a regir las tarifas establecidas en la resolucion RE-0067-IT-2026, en caso de que el calculo deba ser modificado, se deben considerar las tarifas vigentes segun dicha resolucion en el calculo de las tarifas promedio vigentes y en la peticion tarifaria. Prevenciones generales Si la solicitud planteada y la pretension no se ajustan a los calculos presentados en el desarrollo de la propuesta, se podran considerar esas inconsistencias o incongruencias como una falta de fundamentacion de la AP-0087-IT-2026 aresep Paina 5 � C—n-0a°UoS solicitud, en consecuencia, procedera el rechazo de esta. En caso de que las indicaciones anteriores impliquen una variaci6n en el calculo de las tarifas, debera presentarse el modelo con los ajustes incorporados, ademas de modificar la solicitud de ajuste tarifario con base en los resultados que arroje esa corrida del modelo; asi como tambien el pliego tarifario solicitado con sus respectivas variaciones, con respecto a la tarifa vigente, esta informacion debe aportarse en forma impresa y digital. Se debera considerar la herramienta de calculo mas actualizada disponible, asi como las tarifas vigentes actualizadas. Para el otorgamiento de aumentos tarifarios, el prestador debe cumplir en todo momento con las obligaciones legates estipuladas en el articulo 6, inciso c) de la ley 7593 y el pago del canon de regulacion, tanto en la etapa de admisibilidad como al momento de emitir la resolucion final, incluso al momento de responder el presente auto de prevencion. Ademas, en esta etapa debe estar al dia con sus obligaciones derivadas de la resolucion RRG-7635-2007 y la remision de informacion segun to dispuesto por esta Autoridad Reguladora en anteriores resoluciones. Conforme con el articulo 287 de la Ley General de Administraci6n Publica, se le concede un plazo de diez dias habiles, contados a partir del dia siguiente de la notificacion del presente Auto de Prevencion, para cumplir con to requerido. La respuesta a este auto de prevencion debe ser enviada a algunos de los siguientes medios: de manera fisica en las oficinas de la Aresep ubicadas en Guachipelin de Escazu (100 metros norte de Construplaza, Complejo Multipark), al correo electronico itransporte(aD_aresep.go.cr (en este caso los documentos deben remitirse con firma digital) o al fax 2215-4135. INTENDENCIA DE TRANSPORTE Firmado digitalmente por PAOLO ANDRES VARELA BRENES(FIRMA) Paolo Varela Brenes Intendente de Transporte aJ.