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HomeMy WebLinkAboutAnexo - 033. OF-0721-DGAU-2026.pdf � ¡�¡aresep .,. 17 de marzo de 2026 ' OF-0721-DGAU-2026 Señor Tony Méndez Parrales Director General a.i. Dirección General de Desarrollo de la Regulación ASUNTO: Respuesta al oficio OF-0097-DGDR-2026 sobre la propuesta de modificación parcial a la "Metodología para fijación ordinaria de tarifas para el servicio remunerado de personas, modalidad autobús", resolución RJD-035-2016 y sus reformas y a la "Metodología para la fijación extraordinaria de tarifas para el servicio público de transporte remunerado de personas, en la modalidad autobús", resolución RE-0060-JD-2021 y sus reformas, relacionadas con la aplicación de¡ redondeo de las tarifas finales según medio de pago. Informe técnico preliminar IN- 0008-DGDR-2026. Estimado señor: En atención al oficio OF-0097-DGDR-2026 de fecha 11 de marzo de 2026, mediante el cual remite a esta Dirección General de Atención al Usuario y al Consejero de¡ Usuario la propuesta mencionada en el asunto, y en cumplimiento de Io dispuesto en el DR-PO-03: Procedimiento para desarrollar y modificar modelos tarifarios y reglamentos técnicos, se procede a emitir la respuesta, posterior a la sesión explicativa realizada el 16 de marzo de 2026. Tal como se desprende del informe IN-0008-DGDR-2026, el fin de la propuesta consiste en realizar una modificación parcial en las reglas de fijación de tarifas para el servicio de transporte público remunerado de personas en la modalidad de autobús, con el objetivo de fomentar el uso de medios de pago electrónicos. Esta iniciativa busca contribuir a la modernización de¡ transporte público, reducir Ios tiempos de abordaje, disminuir Ios costos Iogísticos asociados al manejo de efectivo, fortalecer la seguridad ciudadana al reducir el riesgo de conductas delictivas relacionadas con el efectivo, así como generar información estratégica que facilite la planificación y mejora operativa de los servicios de transporte. Adicionalmente, la propuesta pretende alinear las reglas tarifarias con las disposiciones del Banco Central de Costa Rica en relación con la emisión y OF-0721-DGAU-2026 Página 2 de 3 aresep �► , , _, circulación de monedas de baja denominación, estableciendo reglas claras de redondeo de las tarifas finales según el medio de pago utilizado por la persona usuaria. En ejercicio de su potestad tarifaria, esta Autoridad Reguladora impulsa la iniciativa de generar un incentivo para que las personas usuarias utilicen el pago electrónico SINPE-TP. Para ello, la propuesta define con claridad las condiciones de redondeo de las tarifas finales según el medio de pago. En la presentación de¡ 16 de marzo se mostró la siguiente imagen que ilustra Io anterior: Esquema de Kedondeo de tarltas ilnales segun medio de J; pago: Estímulo al Usuario Pan rutas con Pago Electrónico implementado: J Pago SINPE-TP: La tarifa resultante del cálculo (met. Tarifacalculada: ordinaria o extraordinaria) se redondea hacia el número 0343,51 entero más cercano. Incentivar el pago con medios electrónicos. T„f,,,; ❑ Pago Efectivo: Se redondea al múltiplo superior más � cercano de la moneda de menor denominación en circulación,según BCCR.Desincentivar el pago en efectivo. Tarifa calculada: Pan rutas sin Pago Electrónico(regla actual): 0343,51 J Pago Efectivo: Se redondea múltiplo más cercano de la noneda de menor denominación emitida y puesta en irculació, ror el BCCR. Conforme a lo señalado, las personas que paguen su pasaje de través de medios electrónicos, tales como teléfonos móviles, tarjetas de crédito o débito, dispositivos adhesivos (stickers), relojes inteligentes u otros mecanismos tecnológicos, cancelarán una tarifa redondeada al número entero más cercano, es decir, el monto exacto sin agregar colones adicionales como ocurre en ocasiones cuando se paga en efectivo. Esto se ajusta a la moneda de menor denominación actualmente emitida por el Banco Central de Costa Rica. Resulta relevante señalar que los prestadores alegan no contar con monedas de ¢5 (cinco colones) para brindar vueltos, y las personas usuarias manifiestan que en ocasiones se les cobra más que la tarifa aprobada; a su vez, si faltan ¢5 para completar el pago, pueden enfrentar la negativa de¡ servicio. Este estímulo, por tanto, configura un escenario de beneficio mutuo: para las personas usuarias, porque perciben que pagan la tarifa exacta aprobada por la Autoridad Reguladora; y para los operadores, porque reducen las diferencias operativas asociadas a la devolución de vuelto y al manejo de efectivo. OF-0721-DGAU-2026 Página 3 de 3 aresep �► , , _, En relación con la obligatoriedad de las rutas de autobús de la Zona 1 (Área Metropolitana de San José — AMSJ) de implementar el SINPE-TP durante el periodo 2024-2025, según el cronograma aprobado por el Comité Director de¡ Sistema Nacional de Pago Electrónico en el Transporte Público, se tiene conocimiento que, mediante el acuerdo 5.1 de la Sesión Ordinaria 08-2026 del 5 de febrero de 2026, la Junta Directiva de¡ Consejo de Transporte Público (CTP) otorgó un plazo perentorio de un mes para que las empresas acrediten encontrarse en proceso de instalación de los validadores de pago electrónico, así como un plazo máximo e improrrogable de tres meses para que la totalidad de la flota tenga en operación dicho sistema. Si bien este aspecto no incide directamente en la modificación de las metodologías contempladas en la presente propuesta, resulta relevante monitorear el avance en la implementación de¡ sistema tanto en la Zona 1 como en la Zona 2 (Gran Área Metropolitana — GAM), correspondiente al periodo 2025-2026, y en la Zona 3 (resto del país, 2026-2027). Lo anterior con el fin de garantizar que el esquema de redondeo propuesto genere los efectos esperados en términos de incentivo al uso de¡ pago electrónico y que las empresas estén debidamente habilitadas. Particularmente, este aspecto debe contemplarse al definir los pliegos tarifarios y las convocatorias a audiencias públicas asociadas a los ajustes que se generen. Ello debido a las especificaciones relacionadas con márgenes de publicación en el diario oficial La Gaceta y los costos económicos de incluir pliegos con mayor número de columnas, especialmente para diferenciar entre rutas con o sin SINPE- TP. Sin más por el momento, se suscriben atentamente. Flrmado digitalmente por Firmado digitalmente por GABRIELA PRADO RODRIGUEZ(FIRMA) JORGE LUIS SANARRUCIA ARAGON(FIRMA) Gabriela Prado Rodríguez Jorge Sanarrucia Aragón Directora General Consejero del Usuario MCC/JSA/GPR Cc.: Archivo.