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AUTO DE ADMISIBILIDAD 8000-273737(ARESEP)
O F-1066-IT-2026 F+506 222115-4135
San Jose, 08:10 horas del 7 de julio de 2026 Correoelectr6nico
itransporte(o).aresep.go.cr
Apartado
936-1000
San Jose-Costa Rica
PETENTE: Transportes Quepos Puntarenas S.A.
www.aresep.go.cr
RUTAS: 696
EXPEDIENTE: ET-066-2026
Cumplidos los requisitos y subsanados los defectos, conforme to
establecido en la resolucion RE-0100-JD-2023 y su reforma (Requisitos de
admisibilidad pars toda solicitud de fijacion de tarifas que se presente en la
Autoridad Reguladora de los Servicios Publicos y revision del cumplimiento
de las obligaciones legales de los prestadores de los servicios publicos en
las fijaciones tarifarias de oficio ordinarias y extraordinarias), en
concordancia con los articulos 30 y 31 ambos de la Ley 7593 (Ley de la
Autoridad Reguladora de los Servicios Publicos) y el articulo 41 del Decreto
Ejecutivo 29732-MP (Reglamento a la Ley Reguladora de los Servicios
Publicos), se tiene por ADMITIDA la solicitud de fijacion tarifaria incoada
por Transportes Quepos Puntarenas S.A., para la ruta 696 descrita como:
Puntarenas-Orotina (por Costanera) y viceversa; que fue recibida en la
Autoridad Reguladora de los Servicios Publicos el 10 de junio de 2026.
Se presenta a continuacion el pliego tarifario propuesto por la petente (folio
151):
TARIFA REGULAR TARIFA ADULTO MAYOR
DESCRIPCION
FRACCIONAMIENTO Tarifa Tarifa Variaci6n Variaci6n Tarifa Tarifa Variaci6n Variaci6n
O SEGMENTO vigente propuesta absoluta porcentual vigente propuesta absoluta porcentual
TARIFARIO (P (9) (9) N (9) (P (P N
Puntarenas Orotina 750 1230 480 64,00% 380 920 540 142,11%
Siendo este el momento procesal oportuno y de conformidad con el articulo
42 del Reglamento a la Ley Reguladora de los Servicios Publicos (Decreto
Ejecutivo 29732-MP) se instruye al Coordinador del Area de Regulaci6n
Economica confeccionar el respectivo memorando dirigido a la Direccion
General de Atencion al Usuario, a fin de que dicha Direccion General proceda
con el tramite respectivo de senalamiento de la audiencia publica para el
estudio tarifario de la ruta 696 descrita Como: Puntarenas-Orotina (por
Costanera) y viceversa.
AUTO DE ADMISIBILIDAD
OF-1066-IT-2026
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Conforme con to establecido en los articulos 239, 240.1 y 245 de la Ley
General de Administracion Publica, se instruye la notificacion a los interesados
del presente auto de admisibilidad tarifaria dentro del plazo legalmente
establecido.
Para el otorgamiento de aumentos tarifarios, el prestador debe cumplir en todo
momento con las obligaciones legales, las cuales segun la resolucion RE-
0100-JD-2023 y su reforma corresponde a to estipulado en el articulo 6, inciso
c) de la Ley 7593 y el pago del canon de regulacion. La solicitud tarifaria sera
analizada en estricto apego a los criterios establecidos en la metodologia
tarifaria ordinaria vigente (RJD-035-2016 y sus reformas).
Contra el presente auto de admisibilidad no cabe recurso alguno, siendo que
constituye un acto de procedimiento tarifario de mero tramite, que no genera
derecho subjetivo o situacion jurldica consolidada en favor de los petentes.
NOTIFIQUESE.
Intendencia de Transporte
Firmado digitalmente por
PAOLO ANDRES VARELA BRENES(FIRMA)
Paolo Varela Brenes
Intendente de Transporte a.i.