Loading...
HomeMy WebLinkAboutOF-1101-IT-2026.pdf AUTO DE ADMISIBILIDAD OF-1101-IT-2026 San José, 8:30 horas del 14 de julio de 2026 PETENTE: Transportes Filemón Villalobos e Hijos S.A. RUTA: 220 EXPEDIENTE: ET-064-2026 Cumplidos los requisitos y subsanados los defectos, conforme lo establecido en la resolución RE-0100-JD-2023 y su reforma (Requisitos de admisibilidad para toda solicitud de fijación de tarifas que se presente en la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos y revisión del cumplimiento de las obligaciones legales de los prestadores de los servicios públicos en las fijaciones tarifarias de oficio ordinarias y extraordinarias), en concordancia con los artículos 30 y 31 ambos de la Ley 7593 (Ley de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos) y el artículo 41 del Decreto Ejecutivo 29732-MP (Reglamento a la Ley Reguladora de los Servicios Públicos), se tiene por ADMITIDA la solicitud de fijación tarifaria incoada por la empresa Transportes Filemón Villalobos e Hijos S.A., para la ruta 220 descrita como Alajuela – Barrio San José y viceversa; que fue recibida en la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos el 5 de junio de 2026. Se presenta a continuación el pliego tarifario propuesto por la petente (folio 154): RAMAL TARIFA REGULAR TARIFA ADULTO MAYOR Vigente Solicitada Var. Absoluta Var. Relativa Vigente Solicitada Alajuela – Barrio San José y viceversa ₡260 ₡1 000 ₡740 284,62% ₡0 ₡0 Siendo este el momento procesal oportuno y de conformidad con el artículo 42 del Reglamento a la Ley Reguladora de los Servicios Públicos (Decreto Ejecutivo 29732-MP) se instruye al Coordinador del Área de Regulación Económica confeccionar el respectivo memorando dirigido a la Dirección General de Atención al Usuario, a fin de que dicha Dirección General proceda con el trámite respectivo de señalamiento de la audiencia pública para el estudio tarifario de la ruta 220 descrita como Alajuela – Barrio San José y viceversa. Conforme con lo establecido en los artículos 239, 240.1 y 245 de la Ley General de Administración Pública, se instruye la notificación a los interesados 8000-273737 (ARESEP) T +506 4002-9595 F +506 2215-4135 Correo electrónico itransporte@aresep.go.cr Apartado 936-1000 San José – Costa Rica www.aresep.go.cr AUTO DE ADMISIBILIDAD OF-1101-IT-2026 Pag 2 del presente auto de admisibilidad tarifaria dentro del plazo legalmente establecido. Para el otorgamiento de aumentos tarifarios, el prestador debe cumplir en todo momento con las obligaciones legales, las cuales según la resolución RE- 0100-JD-2023 y su reforma corresponde a lo estipulado en el artículo 6, inciso c) de la Ley 7593 y el pago del canon de regulación. La solicitud tarifaria será analizada en estricto apego a los criterios establecidos en la metodología tarifaria ordinaria vigente (RJD-035-2016 y sus reformas). Contra el presente auto de admisibilidad no cabe recurso alguno, siendo que constituye un acto de procedimiento tarifario de mero trámite, que no genera derecho subjetivo o situación jurídica consolidada en favor de los petentes. NOTIFÍQUESE. Intendencia de Transporte Paolo Varela Brenes Intendente de Transporte a.í.