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HomeMy WebLinkAboutRE-0077-DGAU-2026.pdf 1,3T aresep YIMW AUTO-D REG-DORN RESOLUCION DE RECHAZO DE POSICION RE-0077-DGAU-2026 San Jose, a las 15 horas con 15 minutos del 11 de agosto de 2026. EXPEDIENTE ET-062-2026 POSICIONES PRESENTADAS POR LOS SIGUIENTES USUARIOS: Paula Alvarado, cedula de identidad No Indica (visible a folio 255), Hugo Trejos Aguero, cedula de identidad, cedula. 3-0183-0422 (visible a folio 260), Marcos Andres Castro Rios, cedula de identidad 1-1722-0220 (visible a folio 273), Kattia Mendez Leiva, cedula de identidad 3-0330-0040 (visible a folio 276), Julian Vega Redondo, cedula de identidad 3-0517-0166 (visible a folio 277), Francisco Hernandez Cespedes, cedula de identidad 1-0890-0825 (visible a folio 282), Arnoldo Coto Chacon, cedula de identidad: No indica (visible a folio 283). ASUNTO: Solicitud de fijacion tarifaria ordinaria para la ruta No. 300 descrita como San Jose-Cartago y viceversa, presentada por Autotransportes LUMACA S.A. RESULTANDO I. Que se sena16, en la convocatoria a la Audiencia Publica, para conocer la propuesta arriba citada en el asunto, la cual fue publicada en el Alcance No. 87 de La Gaceta No. 127, del dia 9 de julio de 2026, y en Ios diarios de circulacion nacional, La Extra y la Teja del dia 7 de julio de 2026, conforme al articulo 36 de la Ley de la Autoridad Reguladora de Ios Servicios Publicos, Ley numero 7593, Io siguiente: "...Los interesados pueden presentar una posicion a favor o en contra, indicando las razones por dos vias: 1. DE FORMA ORAL (...) 2. MEDIANTE ESCRITO FIRMADO presentado en la audiencia publica presencial, en las oficinas de la Aresep en horario de 8:00 am a 4:00 pm, por medic, del fax 2215-6002 o al unico correo electronico oficial consejero(a-)aresep.po.cr hasta el dia de la audiencia publica virtual. En ambos casos presenter fotocopia de la cedula de identidad (personas fisicas), correo electronico, numero de fax o direccion exacta para notificaciones." II. Que se recibio, en la cuenta del correo electronico consejero(a)-aresep.go.cr, los correos electronicos de: Paula Alvarado, cedula de identidad No Indica (visible a folio 255), Hugo Trejos Aguero, cedula de identidad, cedula. 3-0183-0422 de agosto de 2026 j-,'Aaresep RE-00-DGAU-2026 Pagina 2IW7 ° (visible a folio 260), Marcos Andres Castro Rios, cedula de identidad 1-1722- 0220 (visible a folio 273), Kattia Mendez Leiva, cedula de identidad 3-0330-0040 (visible a folio 276), Julian Vega Redondo, cedula de identidad 3-0517-0166 (visible a folio 277), Francisco Hernandez Cespedes, cedula de identidad 1- 0890-0825 (visible a folio 282), Arnoldo Coto Chacon, cedula de identidad: No indica (visible a folio 283), que contenian en el cuerpo del correo su posicion, sin firmar y no presenta copia de la cedula de identidad. A excepcion de la posicion del senor Marcos Andres Castro Rios, cedula de identidad 1-1722-0220, que si firmo el escrito, pero no adjunta copia de cedula de identidad No obstante, to remitido incumple por las formalizades exigidas para la presentacion de posiciones, especialmente Io solicitado en el articulo 36 inciso d de la Ley 7593, debido a que no incluye la posicion debidamente firmada y no presenta copia de cedula de identidad. CONSIDERANDO I. Conforme a to establecido en los articulos 2 de la Ley de proteccion al ciudadano del exceso de requisitos y tramites administrativos, Ley No. 8220, los articulos 275, 282, 283 y 285 apartado 1 inciso e y apartado 3 y 286 de la Ley General de la Administracion Publica, Ley No. 6227, articulo 50 del Reglamento a la Ley de la Autoridad Reguladora de los Servicios Publicos, Decreto N° 29732-MP, articulos 95 y 96 de la Ley Organica del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil, y to senalado en la respective convocatoria a audiencia publica, las oposiciones o coadyuvancias que se presenten, deben de ser firmadas y acompanadas de la copia de la cedula de identidad, documento de identidad vigente y en buen estado. II. Que en el presente caso, no se observa que las posiciones escritas en el cuerpo de los correos, remitidas por los siguientes usuarios: Paula Alvarado, cedula de identidad No Indica (visible a folio 255), Hugo Trejos Aguero, cedula de identidad, cedula. 3-0183-0422 (visible a folio 260), , Kattia Mendez Leiva, cedula de identidad 3-0330-0040 (visible a folio 276), Julian Vega Redondo, cedula de identidad 3-0517-0166 (visible a folio 277), Francisco Hernandez Cespedes, cedula de identidad 1-0890-0825 (visible a folio 282), Arnoldo Coto Chacon, cedula de identidad: No indica (visible a folio 283), contengan una firma valida ni la copia de la cedula de identidad, requisitos necesarios para la verificacion de la identidad conforme a las estipulaciones normativas mencionadas, por Io que no es posible tener por presentada ni aceptada las posiciones, al no cumplirse las formalidades minimas que permitan acreditar su Iegitimacion e identidad para participar en el procedimiento de audiencia publica. de agosto de 2026 jk-,'Aaresep RE-00-DGAU-2026 Pagina 3 III. Que la posicion presentada por el senor Marcos Andres Castro Rios, cedula de identidad 1-1722-0220 (visible a folio 273), a pesar de que si se identifica la firma en el documento remitido, no incluye la copia de la cedula de identidad, requisito para poder comprobar la autoria de los argumentos expresados en este, por to que no es posible tener por presentada ni aceptada la posicion, al no cumplirse las formalidades minimas que permitan acreditar su legitimacion e identidad para participar en el procedimiento de audiencia poblica. POR TANTO Se rechaza las posiciones escritas interpuestas por los usuarios: Paula Alvarado, cedula de identidad No Indica (visible a folio 255), Hugo Trejos Aguero, cedula de identidad, cedula. 3-0183-0422 (visible a folio 260), Marcos Andres Castro Rios, cedula de identidad 1-1722-0220 (visible a folio 273), Kattia Mendez Leiva, cedula de identidad 3-0330-0040 (visible a folio 276), Julian Vega Redondo, cedula de identidad 3-0517-0166 (visible a folio 277), Francisco Hernandez Cespedes, cedula de identidad 1-0890-0825 (visible a folio 282), Arnoldo Coto Chacon, cedula de identidad: No indica (visible a folio 283), debido al no cumplimiento de los requisitos formates y de fondo exigidos por la Ley, al remitir correo electronico sin firma y no presentacion de copia de cedula de identidad. Consecuentemente se procede con el archivo de la misma, de conformidad con Io senalado en los considerandos aqui mencionados y to dispuesto en el articulo 36 de la Ley No. 7593, Ley de la Autoridad Reguladora de los Servicios Poblicos y en la convocatoria a Audiencia Poblica de la presente solicitud tarifaria. Contra la presente resolucion procede la interposicion de los recursos administrativos ordinarios regulados en los articulos 342 y siguientes de la Ley General de la Administracion Poblica, Ley No.6227, sea el de revocatoria ante esta Direccion General y el de apelacion ante el Regulador General de la Autoridad Reguladora de los Servicios Poblicos. El plazo para su interposicion sera de tres dias habiles contados a partir del dia habil siguiente a la notificacion de este acto administrativo (articulo 346 de la Ley General de la Administracion Poblica). NOTIFIQUESE-. Direccion General de Atencion al Usuario Firmado digitalmente por GABRIELA PRADO RODRIGUEZ(FIRMA) Gabriela Prado Rodriguez Directora General C: Expediente ET-062-2026 ECC/CCM