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RESOLUCION DE RECHAZO DE POSICION RE-0088-DGAU-2026
San Jose, a las 15 horas con 30 minutos del 2 de setiembre de 2026.
EXPEDIENTE ET-064-2026
POSICIONES PRESENTADAS POR LOS SIGUIENTES USUARIOS: Raquel
Zuniga, cedula: no se indica (visible a folios 230), Elizabeth De La O Salazar, cedula:
2-0585-0535 (visible a folio 234), Marleny Cascante Mendez, cedula: no indica
(visible a folio 238) y Karolina Jimenez Soto, cedula: 1-1088-0487, (visible a
folio 244).
ASUNTO: Solicitud de fijaci6n tarifaria ordinaria para la ruta N° 220 descrita como:
Alajuela — Barrio San Josh y viceversa, presentada por la Empresa Transportes
Filem6n Villalobos E Hijos S.A.
RESULTANDO
I. Que se senal6, en la convocatoria a la Audiencia Publica, para conocer la
propuesta arriba citada en el asunto, la cual fue publicada en los diarios de
circulaci6n nacional, La Extra y la Teja del dia 21 de julio de 2026 y en La Gaceta
No. 136, del dia 22 de julio de 2026 (folios 202 al 204), conforme al articulo 36
de la Ley de la Autoridad Reguladora de los Servicios Publicos, Ley numero
7593, to siguiente:
"...Los interesados pueden presenter una posici6n a favor o en contra,
indicando las razones por dos vias:
1. DE FORMA ORAL (...)
2. MEDIANTE ESCRITO FIRMADO presentado en la audiencia publica
presencial, en las oficinas de la Aresep en horario de 8.00 am a 4:00 pm,
por medio del fax 2215-6002 o al unico correo electronico oficial
conseiero(a)-aresep._go.cr hasta el dia de la audiencia publica virtual.
En ambos casos presenter fotocopia de la cedula de identidad (personas
fisicas), correo electronico, numero de fax o direcci6n exacta para
notificaciones."
II. Que se recibi6, en las cuentas de correos electr6nicos consejero aresep.go.cr,
y ventanillaunica(a�aresep.go.cr, los correos electr6nicos que contenian en el
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RE-0088-DGAU-2026 "
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cuerpo del correo su posicion, sin firmar y no presenten copia de la cedula de
identidad.
No obstante, to remitido incumple por las formalizades exigidas para la
presentacion de posiciones, especialmente to solicitado en el articulo 36 inciso
d de la Ley 7593, debido a que no incluye la posicion debidamente firmada y no
presenta copia de cedula de identidad, imposibilitando de esta manera la debida
identificacion de la persona que desea plantear una posicion en el
correspondiente estudio tarifario.
CONSIDERANDO
I. Conforme a to establecido en los articulos 2 de la Ley de proteccion al
ciudadano del exceso de requisitos y tramites administrativos, Ley No. 8220, los
articulos 275, 282, 283 y 285 apartado 1 inciso e y apartado 3 y 286 de la Ley
General de la Administracion Publica, Ley No. 6227, articulo 50 del Reglamento
a la Ley de la Autoridad Reguladora de los Servicios Publicos, Decreto NO
29732-MP, articulos 95 y 96 de la Ley Organica del Tribunal Supremo de
Elecciones y del Registro Civil, y to senalado en la respectiva convocatoria a
audiencia publica, las oposiciones o coadyuvancias que se presenten, deben
de ser firmadas y acompanadas de la copia de la cedula de identidad,
documento de identidad vigente y en buen estudo.
II. Que en el presente caso, no se observa que las posiciones escritas remitidas
por los siguientes usuarios: Raquel Zuniga, cedula: no se indica (visible a folios
230), Elizabeth De La O Salazar, cedula: 2-0585-0535 (visible a folio 234),
Marleny Cascante Mendez, cedula: no indica (visible a folio 238) y Karolina
Jimenez Soto, cedula: 1-1088-0487, (visible a folio 244), contengan una firma
valida ni la copia de la cedula de identidad, requisitos necesarios para la
verificacion de la identidad conforme a las estipulaciones normativas
mencionadas, por to que no es posible tener por presentada ni aceptada las
posiciones, al no cumplirse las formalidades minimas que permitan acreditar su
legitimacion e identidad para participar en el procedimiento de audiencia
publica.
POR TANTO
Se rechaza las posiciones escritas interpuestas por los usuarios Raquel Zuniga,
cedula: no se indica (visible a folios 230), Elizabeth De La 0 Salazar, cedula: 2-
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0585-0535 (visible a folio 234), Marleny Cascante Mendez, cedula: no indica (visible
a folio 238) y Karolina Jimenez Soto, cedula: 1-1088-0487, (visible a folio 244),
debido al no cumplimiento de los requisitos formales y de fondo exigidos por la Ley,
al remitir correo electronico sin firma ni copia de sus cedulas de identidad por ambos
lados, imposibilitando a la Administracion identificar debidamente a las personas
que desean plantear una posicion en el correspondiente estudio tarifario.
Consecuentemente se procede con el archivo de las posiciones mencionadas, de
conformidad con to senalado en los considerandos aqui mencionados y to dispuesto
en el articulo 36 de la Ley No. 7593, Ley de la Autoridad Reguladora de los Servicios
Publicos y en la convocatoria a Audiencia Publica de la presente solicitud tarifaria.
Contra la presente resolucion procede la interposicion de los recursos
administrativos ordinarios regulados en los articulos 342 y siguientes de la Ley
General de la Administracion Publica, Ley No.6227, sea el de revocatoria ante esta
Direccion General y el de apelacion ante el Regulador General de la Autoridad
Reguladora de los Servicios Publicos.
El plazo para su interposicion sera de tres dias habiles contados a partir del dia habil
siguiente a la notificacion de este acto administrativo (articulo 346 de la Ley General
de la Administracion Publica).
NOTIFIQUESE-.
Direccion General de Atencion al Usuario
Firmado digitalmente por
GABRIELA PRADO RODRIGUEZ(FIRMA)
Gabriela Prado Rodriguez
Directora General
C: Expediente ET-064-2026
ECC/CCM